Es por el caso de la pintata en la casa del fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón. En voto unánime dispusieron conceder las medidas sustitutivas que deberán ser aplicadas por el juez Paublino Escobar.
Hay que señalar que entre las medidas sustitutivas, se encuentra el arresto domiciliario, lo que probablemente sea lo que dispondrá el juez, teniendo en cuenta que ya existen otros dos con la misma medida, y que había dictado prisión contra Paraguayo Cubas.
La apelación había sido presentada por las abogadas Kattya González y Esther Roa, a favor de Celso Miranda, su hijo Celso Daniel Miranda Cubas y Miguel Martínez Núñez. Todos ellos estaban con prisión preventiva en la Agrupación Especializada.
Los camaristas Carlos Ortiz, Arnulfo Arias y Emiliano Rolón señalaron que no se justifica la prisión preventiva, ya que los hechos investigados son delitos y no se justificaba.
Sin embargo, Ortiz Barrios votó por revocar la prisión y darle arresto domiciliario. Arias dijo que no correspondía el arresto, sino otra medida menos gravosa. Rolón, por su parte, apunta que hay que revocar la prisión y nada más.
Al final, revocan la prisión con respecto a Miranda, su hijo y Martínez, y disponen que el juez implemente las medidas asegurativas.
En otras palabras, al no definir qué se debe aplicar, es el juez el que deberá conceder lo que crea conveniente.
Con respecto a Paraguayo Cubas, la prisión no fue apelada. Según su abogada, Kattya González, no quiere aceptar ninguna medida sustitutiva, por lo que no recurrieron la resolución del juez Escobar.