Curuguaty: ¿De qué se queja el abogado?

Guido Rodríguez Alcalá

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El abogado Amelio Sisco fue condenado a pagar siete millones de guaraníes. ¿Por qué? Por su conducta como defensor de los campesinos de Marina Cué (Curuguaty). El castigo se le impuso por incidentar demasiado, aunque sus incidentes no impidieran las irregularidades del proceso.

No está de más recordar que un proceso penal debe tener una lógica que permita explicar cómo y por qué se ha tomado cada decisión; tiene sentido que se impute a una persona apresada cuando cometía un delito, pero ese no ha sido el caso aquí. Las imputaciones de Marina Cué, en lo básico, se justificaron con que los nombres de los imputados aparecieron en la lista de un cuaderno hallado en el lugar. ¿Dónde está el cuaderno? Según el expediente, se mojó, quedó completamente ilegible y por eso ya no se lo pudo presentar como medio de prueba; sin embargo, debemos confiar en el testimonio de los policías que intervinieron en el operativo de Marina Cué en junio del 2012; murieron once campesinos, pero no se investigaron las muertes. Aun confiando en la Policía, ningún artículo del Código Penal dice que sea un delito aparecer en una lista; nadie puede ser procesado ni castigado por algo que la ley penal no prohíbe.

No importa. La Fiscalía les atribuyó a los de la lista el propósito criminal de invadir una propiedad de Blas N. Riquelme, Marina Cué. Riquelme murió durante el juicio, pero transfirió Marina Cué a sus herederos, según la Fiscalía. ¿Cómo? Riquelme no tenía título, ni lo tienen sus herederos. Debe decirse que el difunto reclamó como propiedad suya Marina Cué, en un proceso civil iniciado en el 2005 y que no ha terminado hasta hoy, ni después de la condena de los campesinos acusados de invadir una propiedad privada. En rigor, se trata de una propiedad pública, y por eso Nicanor Duarte Frutos decidió destinarla a la reforma agraria; Fernando Lugo y Federico Franco quisieron hacer lo mismo, y no pudieron a causa de las chicanas en el proceso civil. Chicanas aparte, Sisco tenía razón en insistir en que, estando pendiente la cuestión civil, el tribunal penal no podía adjudicarle Marina Cué a los Riquelme, como hizo.

Además de asociación criminal e invasión de una propiedad privada, a los campesinos los imputaron por tentativa de homicidio, sin ninguna prueba. Como no se puede probar que hubieran matado a nadie, se los imputa por tentativa de homicidio, dijo la Fiscalía. Estaba mal, pero peor estuvo, a último momento, condenar a dos de los campesinos por homicidio doloso, que no estaba en el libreto. ¿Cuál fue el arma homicida? Una escopeta que, según las pericias del juicio, no se había disparado. Estas y otras barbaridades irritaron a Sisco, que cumplió su deber de defensor. ¿Se trata de una advertencia a los abogados que, en lo sucesivo, intervengan en un caso político?

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