Accionar contra resoluciones de Salud analizan importadores

El Centro de Importadores del Paraguay (CIP) se mantiene alerta ante las resoluciones del Ministerio de Salud y Bienestar Social N° 133 y 134/2015, que relajaron los controles para ingreso de mercaderías del exterior, y aguarda una reunión para el miércoles 29 del corriente con autoridades nacionales, para luego tomar medidas contundentes que podrían incluso llegar al plano judicial, según se analiza.

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Reclamo. Los importadores temen que con las normativas nuevas se relaje el control.

El gremio importador entiende que las normativas aplicadas y vigentes en realidad dificultarán las importaciones legales, pero facilitarán el despacho simplificado (lo que se interpreta como blanqueamiento del contrabando), para lo cual el CIP incluso está pensando plantear acciones judiciales de inconstitucionalidad si representantes del Ministerio de Industria y Comercio, además de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), no resuelven la situación.

El CIP rechaza categóricamente la puesta en vigencia de las Resoluciones N° 133 y 134 dictadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de fecha 24 de marzo pasado, las cuales reducen el cumplimiento “estricto de las normativas vigentes” a la obtención de una “constancia de importación de productos realizada bajo el Régimen Aduanero de Despacho Simplificado para Importaciones Menores”, otorgada por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) y Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa).

A criterio de los importadores, las mencionadas resoluciones violan abiertamente preceptos establecidos en la Constitución Nacional, Código Sanitario y decretos reglamentarios, poniendo en riesgo la salud de la población y la calidad, así como el prestigio de las marcas que representan.

El INAN había remitido recientemente una nota solicitando a los asociados del CIP la consignación en la factura de los números de lote de los productos importados, lo que es catalogado como un nuevo castigo, junto a otros requisitos, a los importadores formales, titulares de registros sanitarios, mientras que, por otro lado, relajan exigencias a pequeños importadores.

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