SET cuestiona puntos que no figuran en régimen fronterizo

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Las observaciones realizadas por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) sobre el proyecto de ley de régimen de turismo no corresponden al mismo documento que está actualmente en estudio en la Cámara de Senadores, aseguró el asesor de la Cámara de Comercio y Servicio de Ciudad del Este, Dr. Óscar Manuel Airaldi Roux. Este gremio, en conjunto con el Centro de Importadores del Paraguay (CIP), impulsa el mencionado proyecto de ley que regulará el régimen de exportación fronteriza.

Airaldi mencionó que el documento original sufrió varias modificaciones y agregó que ninguno de sus artículos restringe la libre competencia así como tampoco se rompe el régimen de igualdad para los que se dedican a este tipo de negocios. “El que se dedica al comercio de turismo tendrá las mismas condiciones que hoy figuran en el Decreto 1931”, adujo el asesor de la Cámara de Ciudad del Este.

Dijo que hay que tener en cuenta que acá hay dos mercados, el interno y el externo, y el régimen pretendido está diseñado para el mercado externo. “Nuestro mercado es exclusivamente para no residentes y el Covid demostró que el mercado nacional no incide absolutamente en el mercado de turismo, porque no llega ni al 3%. No da ni siquiera para pagar la luz, por decirlo de alguna manera”, añadió.

Tributación alega, referente a la autorización, que no se especifica la entidad que expedirá el permiso, ni la forma de procedimiento, a diferencia del Régimen de Turismo vigente por el Decreto 1931. “No sé qué leyeron. Estoy entendiendo que la gente de la SET no está tomando las modificaciones que se van haciendo en el Senado, que está introduciendo ajustes. No sé de dónde sacaron este tema”, mencionó Airaldi.

El proyecto sobre este punto señala que los que operarán bajo este régimen deben estar debidamente registrados y habilitados por la administración tributaria y la Dirección Nacional de Aduana. “Es lo que dice y esto figura ya en el proyecto original. No soy un improvisado. Este dictamen –y es mi humilde conclusión– se hizo hace mucho tiempo, estoy casi seguro que no es nuevo”, dijo.

Sobre la facturación electrónica, dijo en el proyecto establece que una vez promulgada la ley será reglamentada en un plazo de 180 días. “Tiempo en el cual se deberán adecuar los sistemas informáticos requeridos. Ninguna de las apreciaciones de la SET se ajusta al contenido del proyecto con sus modificaciones que hoy está en el Senado. No podés opinar sobre lo que hay si no conocés lo que es”, aseveró Airaldi.

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