Juez ordena a Aduanas liberar carga que está bajo sumario

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Gargamento. Vista de las mercaderías que el juez Giménez Vázquez ordenó liberar.

Édgar Medina

CIUDAD DEL ESTE

El juez de sentencia Efrén Giménez Vázquez ordenó a la administración aduanera de Almacenes Generales SA (Algesa) a liberar una carga de 9.100 conversores satelitales, previo cobro de G. 75 millones en concepto de tributo u otros a la importadora Elvisan SA, actualmente bajo sumario en la Dirección Nacional de Aduanas. La firma investigada también deberá depositar la suma de G. 75 millones en una cuenta judicial a nombre del juicio de amparo, como garantía, según la orden judicial.

El hecho causó ronchas entre funcionarios de la Subsecretaría de Estado de Tributación y la DNA, ya que las mercaderías cuya devolución fue ordenada por el juez podrían ser pasibles de comiso y también sería evidencias en caso que el hecho investigado sea calificado de contrabando.

La incautación de un contenedor número NYKU979767-7, con 9.100 unidades de conversores satelitales, se produjo en el kilómetro 10 Acaray, a la salida del puerto seco aduanero Campestre, durante una verificación del cargamento por funcionarios de la SET. Estos detectaron que había más mercaderías de lo declarado, ya que la firma tributó solamente por 5.600 unidades.

La carga fue derivada a la sede aduanera de Algesa, donde en presencia de funcionarios aduaneros y del fiscal Andrés Arriola se procedió a la reverificación. Los funcionarios hallaron que había 3.500 unidades de conversores satelitales que entraron en frío al país. Los antecedentes fueron enviados a la DNA, donde obra actualmente un sumario, pendiente de resolución.

IMPOSIBLE. En su intervención en el juicio de amparo, el administrador aduanero de Algesa, Roberto Ovelar, recordó al magistrado que la entrega de las mercaderías era de cumplimiento imposible, debido a que existía un controvertido administrativo en sede aduanera en la que son partes el representante fiscal aduanero y la SET.

También señala que la consecuencia del sumario podría ser la multa, medidas administrativas, pérdida o comiso de las mercaderías o pérdida o comiso del medio de transporte. El hecho cometido por el importador podría configurarse simple falta aduanera, falta aduanera por diferencia o defraudación o contrabando.

En este caso, recordó que las mercaderías pueden ser evidencias en el caso investigado por el fiscal Andrés Arriola. En su argumento, el abogado Marcos Estigarribia, representante de Elvisan SA, sostiene que la importadora se allanó al sumario desde el inicio de las intervenciones, aduciendo que por error matemático de cálculo no se tributó por las 3.100 unidades y urgió en tres ocasiones a Aduanas para que le cobre los impuestos y las multas, tras la reverificación.

Al no conseguir su objetivo, recurrió ante la Justicia ordinaria, señalando que la retención de las mercaderías estaba perjudicando a su cliente, ya que las mismas debían ser entregadas a los clientes que encargaron la importación. El magistrado sostiene que el administrador aduanero no acercó ninguna copia del expediente que acredite la realización del sumario, por lo que dispuso la entrega de las mercaderías previo pago del tributo y el depósito de la garantías, para eventuales gastos que resulten del sumario.

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