Covid-19: Ejecutivo actualiza decreto que establece medidas sanitarias

El Ejecutivo actualizó el decreto sobre medidas sanitarias en el marco del levantamiento gradual del aislamiento preventivo por la pandemia del Covid-19.

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El indulto presidencial que usualmente firma el presidente de la República cada año recién se tendría para el año que viene.

Foto: Archivo UH.

Mediante el Decreto 6563, el presidente de la República, , actualizó las medidas sanitarias en el marco de la del y el plan de levantamiento gradual de aislamiento preventivo. La resolución entra a regir desde este miércoles 5 de enero y se mantendrá vigente hasta el martes 18 de enero de 2022.

En su artículo primero establece que los comercios, industrias, centros de trabajo, establecimientos, oficinas corporativas, centros y servicios deben operar con ambientes bien ventilados e implementar el sistema de la higiene de las manos.

Tanto clientes como proveedores deberán permanecer de forma permanente con sus tapabocas dentro del sitio y cumpliendo con los demás protocolos sanitarios, como la higienización de las manos con alcohol al 70% y el distanciamiento físico.

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Asimismo, el documento decreta que se fomentarán las modalidades de venia por entrega a domicilio o delivery y para pasar a retirar todo tipo de productos.

En cuanto a los locales gastronómicos, las medidas son similares, a diferencia de que el uso de las mascarillas puede ser de forma intermitente, cubriendo la nariz, boca y mentón.

El decreto refiere que se deben fomentar los ambientes abiertos y las mesas deben estar separadas por un metro y medio de distancia. Por su parte, los asistentes deben permanecer sentados y evitar la interacción con personas de otros núcleos.

Tanto los eventos infantiles como sociales se realizarán conforme con el protocolo sanitario aprobado por el y Bienestar Social, y vigente a la fecha de la realización del evento, de acuerdo con la situación epidemiológica.

Actualmente, el protocolo establecido por Salud resuelve que los eventos sociales podrán albergar a las personas en el 100% de la capacidad del lugar, pero el 80% de los asistentes deberán contar con su esquema completo de vacunación contra el coronavirus.

En tanto, el 20% restante deberá presentar un test PCR realizado 72 horas previas al evento o un antígeno de las últimas 24 horas.

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Los encuentros y las actividades en residencias particulares están permitidos con un máximo de 25 personas, incluyendo a las personas que viven en la casa.

Se mantiene la medida que rige a los actos de culto, los cuales se realizarán con la presencia de hasta el 50% de personas en aforo cerrado, con ventilación adecuada, con participantes sentados en asientos asignados y sin interacción entre sí, cumpliendo con la distancia física de 1,5 metros entre personas.

También señala, entre otros puntos, que son obligatorios el uso de mascarillas, una buena ventilación (puertas y ventanillas abiertas en caso de que la unidad de transporte disponga de ventanas corredizas) y el cumplimiento de las demás medidas sanitarias en el transporte público.

Anteriormente, se encontraba vigente el Decreto 6433, que expiró el pasado 21 de diciembre.

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