Corte suspende anterior ley de las pulseras electrónicas

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Pulseras. Corte dice que el Ejecutivo debe implementar.

La Sala Constitucional de la Corte dispuso la suspensión de los efectos del artículo 7 de la Ley 5863/2017, que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control, en lo que hace relación a que debe ser aplicada por el Poder Judicial.

La medida cautelar se da en momentos en que el presidente Mario Abdo Benítez, estudia promulgar o vetar la ley sancionada por el Congreso esta semana, que señala que es el Poder Ejecutivo el que debe aplicar los dispositivos de control. Debe decidir si lo hace el Ministerio de Justicia o del Interior.

La abogada Mirtha Morínigo, en representación de la Corte, había presentado la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 7, inciso 1, de la ley que implementa los dispositivos electrónicos.

Según el citado artículo, corresponderá a la Corte “reglamentar e implementar el sistema de monitoreo por dispositivos electrónicos de control (Sindec).

La acción apunta que esto atenta contra la Carta Magna, porque le otorga a la Corte competencias del Poder Ejecutivo. Señala que no tienen presupuesto y que el control de cumplimiento de las mismas le corresponden al Poder Ejecutivo. Los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro y Miryam Peña, concedieron la medida cautelar.

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