Compra de vacunas y cobertura en privados dependen de los diputados

A las 09:00 es la convocatoria a sesión extraordinaria para tratar el proyecto de ley de emergencia sanitaria. Si es que hay cuórum, la intención es modificar el artículo sobre recontratación en Salud.

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Inmunización. El Ministerio de Salud aguarda definición en Diputados para adquirir vacunas

Foto: Archivo ÚH.

En la Cámara Baja habrá un segundo intento hoy de tratar el proyecto de ley de emergencia sanitaria, que ya tiene media sanción del Senado.

La sesión extraordinaria está marcada para las 09:00 horas. La semana anterior no hubo cuórum por desavenencias dentro del bloque cartista.

El artículo que genera polémica es el que tiene que ver con la recontratación de personal de salud, y ya varios diputados incluso indicaron que sería con fines políticos en pleno año electoral.

El cartista Walter Harms había alegado que dudaba del cuórum, pero al mismo tiempo admitió que están trabajando en modificaciones con el Ministerio de Salud.

Supuestamente, en líneas generales, no habría inconvenientes con los demás puntos de la propuesta.

En el caso de que haya cuórum, y se apruebe una o varias modificaciones, entonces vuelve al Senado, y de hecho para el efecto ya se prevé una sesión extraordinaria para este miércoles.

Los senadores tienen la opción de aceptar los cambios que se incluyan en la Cámara Baja y que se remita al Ejecutivo para su promulgación.

De lo contrario, pueden ratificarse en su texto, y eso implica una segunda vuelta, y nuevas convocatorias que podrían alargar este tema.

VACUNAS Y COBERTURA. La declaración de emergencia sería una extensión de algunos de los puntos de la ley que se había aprobado en el 2020, pero ya sin los préstamos y el paquete de subsidios.

Las leyes que quedaron aprobadas dentro del marco de la misma incluyen la adquisición para la distribución gratuita a la población de las vacunas contra el Covid.

En una reunión con la Comisión Permanente del Congreso, el viceministro de Salud había citado este punto entre los más importantes.

Además, quedaría en vigencia el Fondo Nacional de cobertura a pacientes hospitalizados con Covid.

Un punto que se agregó en medio del debate que se dio en el Senado sobre la ley fue la autorización al Ministerio de Hacienda a disponer los mecanismos para un aporte del Estado al IPS (Instituto de Previsión Social).

Dentro de la ley se especifica que se cubrirá hasta un monto de USD 20 millones, que es un remanente de la previsional, y que para su uso se necesita la venia del Congreso.

EL ARTÍCULO DE LA DISCORDIA. En el punto 4 del proyecto, se autoriza al Ministerio de Salud, al IPS, Hospital de Clínicas, Hospital Militar y el Hospital Rigoberto Caballero de la Policía Nacional a realizar contrataciones para reemplazo de personal de salud.

Se establece que los contratos temporales en el marco de esta ley deberán contener nombre, cargo y funciones del personal reemplazado y la vigencia de su contrato.

Además, se dispone que el Ministerio de Salud debe publicar todos estos datos en su página web.

LEY DE EMERGENCIA SANITARIA

Declárese estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay, por el presente ejercicio fiscal, ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19, hasta el 30 de junio de 2022.

Amplíase la vigencia de la ley que declara bien público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición para la distribución gratuita a la población de las vacunas contra el Covid.

Amplíase la vigencia de la ley que crea el Fondo Nacional de Cobertura a pacientes hospitalizados con Covid.

Autorízase al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Instituto de Previsión Social (IPS), Hospital de Clínicas, Hospital Militar y el Hospital Rigoberto Caballero de la Policía Nacional a realizar contrataciones para el reemplazo del personal de salud (personal de blanco y apoyo en salud) de los distintos servicios de salud. Los contratos temporales en el marco de esta ley deberán constar explícitamente redactados en el documento, la información que indique el nombre, cargo y funciones del personal reemplazado y la vigencia de su contrato, que estará publicada en la página web del Ministerio de Salud.

Autorízase al Ministerio de Hacienda a disponer los mecanismos para un aporte del Estado al Instituto de Previsión Social (IPS) con los recursos obtenidos de la presente ley, por un monto de USD 20 millones.

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