Cateura: Se rehúsan a levantar suspensión

  • Facebook
  • Twitter
  • Email
  • Print

Obras. Empo no presentó informe de obras para levantar suspensión de licencia, afirman.

Ya entró en vigencia la resolución por la cual se suspende la licencia ambiental de Empo Ltda. –concesionaria del relleno sanitario municipal en Cateura–, y con ello las actividades, confirmaron desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades). Hasta que la firma no presente adecuaciones en la infraestructura la medida no se levantaría, aseguran. En tanto, desde la Municipalidad de Asunción señalan que la resolución aún no está firme porque volvieron a presentar un recurso de reconsideración.

La Dirección de Asesoría Jurídica del Mades había rechazado el pedido de prórroga de 10 hábiles que solicitó la Comuna. En el motivo de solicitud figura que es para tener tiempo de concretar el proceso licitatorio de un contrato temporal con otra empresa para el traslado y disposición final de la basura.

La respuesta de dicha dependencia fue que la Municipalidad no es parte en el sumario administrativo instruido a Empo.

Al respecto, el abogado del Municipio, Jorge Cantero, señaló que ya presentaron un recurso de reconsideración dirigido esta vez al ministro del Mades, Ariel Oviedo. Indicó que insistirán con el plazo solicitado para garantizar el servicio de recolección y disposición de residuos hasta concretar el contrato por la vía de la excepción que, estimó, tardaría cerca de una semana.

Aseguró que por los recursos presentados la resolución no está firme, por lo que se amparan en ello para que las basuras sigan ingresando a Cateura.

INFRAESTRUCTURA. Empo también presentó una reconsideración sobre la medida de suspensión; sin embargo, aún no presentó planes de adecuación que se piden para levantar la medida, indicó la directora interina de Asesoría Jurídica del Mades, María Laura Bobadilla.

En la reconsideración, comentó, la firma se centró en la intervención del incendio en el 2020. Pero la empresa debe adecuarse a cuatro puntos establecidos en la resolución: instalación y puesta en marcha de construcción de planta de segregación y de lixiviado, chimeneas de drenaje y clausura de módulos II y III. Esto deberá ser fiscalizado.

  • Facebook
  • Twitter
  • Email
  • Print
Más contenido de esta sección