Aprueban cambios en artículos de Ley Orgánica Municipal

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El Senado por mayoría aprobó modificaciones en la Ley N° 3966/10 Orgánica Municipal, en lo que respecta a la renuncia de intendentes y también a la reelección.

Las modificaciones aprobadas al proyecto que envió la Cámara de Diputados, fueron directamente sobre el artículo 53, donde los concejales deben resolver en casos de ausencia, muerte, impedimento o renuncia de la máxima autoridad comunal.

El senador Arnaldo Samaniego, como presidente de la Comisión de Asuntos Departamentales, Municipales, Distritales y Regionales, señaló que en la vigente normativa se requiere también de la mayoría absoluta para aceptar la renuncia, quedando la cantidad de tres días para resolver sobre el tema.

En el debate se pidió considerar que los concejales ya no sean impedimento para aceptar la renuncia. “La renuncia es indeclinable, y es un acto unilateral de voluntad”, señaló el senador Fernando Silva.

Asimismo, el debate transcurrió en el tema de la reelección de los intendentes, para quienes la ley establece la posibilidad del rekutu.

Mencionaron que se tomará como el primer periodo de un intendente, incluso el periodo de tiempo que transcurre uno designado por la Junta en los casos de sustitución.

También se estableció cambios en la ley orgánica del Gobierno departamental referentes a pedidos de permiso, caso de ausencia, muerte o impedimento de los gobernadores. La modificación es con respecto a la propuesta de que en los tres días siguientes de presentar la nota de renuncia, la Junta debe expedirse.

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