Traslado de saldos de IVA se harán vía Marangatu

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La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó ayer que el traslado o arrastre del crédito fiscal y los saldos a favor del contribuyente del impuesto al valor agregado (IVA), que provengan de pagos a cuenta o de retenciones, se podrá realizar por única vez.

Para el efecto, la Administración Tributaria indicó que se deberá registrar la solicitud a través del Formulario 315, utilizando la clave de acceso al sistema Marangatu.

Antes de presentar dicha solicitud, los contribuyentes deben verificar las declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones señaladas, a fin de constatar los saldos y créditos disponibles que requerirá trasladar. En caso de que corresponda la presentación de declaraciones juradas rectificativas, los aportantes deben tener en cuenta lo dispuesto en las Resoluciones Generales 67/2015 y 70/2015.

La SET remarcó que el Formulario 315 estará vigente hasta el 30 de junio del 2020.

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