Ordenanza de Caacupé dispone que los objetos a empeñar tengan documentos

Por Darío Bareiro Fariña

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Abundan. Las casas de empeño como esta operan en el centro de la ciudad de Caacupé desde hace tiempo.

CAACUPÉ

Los propietarios de casas de empeño deben exigir los documentos de los objetos a pignorar, según sostuvo la titular de la Junta Municipal de Caacupé, Dina Marchuk, refiriéndose a lo estipulado en una ordenanza que rige la materia.

Desde hace tiempo los pobladores de Caacupé, Departamento de Cordillera, vienen soportando la serie de robos que son cometidos en cualquier parte y a cualquier hora, en las calles o en domicilios, situación que apunta hacia las casas de empeños, que operan en gran cantidad en la Villa Serrana.

Ante tal situación, la presidenta de la Junta Municipal de Caacupé dijo que las casas de empeño deben cumplir con los requisitos exigidos, que incluye los documentos que acrediten al propietario si esos objetos, realmente le pertenecen.

Marchuk explicó que existe la Ordenanza 29/2007 que regula el funcionamiento de estas casas de empeño. La ordenanza dice que estos negocios deben operar a una distancia de por lo menos 200 metros, una de otra. “Sin embargo, vemos acá sobre la ruta Mariscal Estigarribia que todos son vecinos, uno casi al lado del otro. En cuanto a la legalidad de los objetos que se empeñan, el propietario de estos negocios debe exigir a las personas que desean pignorar algo, la tenencia de los documentos que acrediten que dichos objetos realmente les pertenecen”, recalcó.

Aparte de las exigencias de los dueños de estas casas, también debería “entrar en acción la Fiscalía para controlar e investigar, para poder conocerse si estos objetos empeñados están o no documentados. Hay que decir, que la mayoría de los propietarios de estas casas aceptan los objetos a ser prendados, sin ser rigurosos con la tenencia de los documentos de las cosas a ser empeñadas”, reconoció la titular de la Junta Municipal de Caacupé.

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