Ministra Pucheta cambió de postura en un día en fallos de hábeas corpus

La ministra Alicia Pucheta de Correa votó por rechazar el hábeas corpus de tres condenados por la matanza de Curuguaty el 5 de julio. Al día siguiente, en un pedido similar de otro caso, votó por hacer lugar a la solicitud de libertad.

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Alicia Pucheta, ministra.

Cambió de postura sobre el mismo tema en solo 24 horas, conforme con los acuerdos y sentencias 702 y 708, dictados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

En el primer caso, los abogados Jorge Bogarín y Raúl Caballero plantearon hábeas corpus reparador a favor de Luis Olmedo Paredes, Arnaldo Quintana y Néstor Castro, todos condenados por la matanza de Curuguaty.

El argumento de la defensa era que pasaron más de cinco años en reclusión, habiendo superado la pena mínima sin que la sentencia condenatoria se encuentre firme.

La garantía constitucional fue analizada por los ministros Alicia Pucheta de Correa, Miryam Peña Candia y José Raúl Torres Kirmser.

La preopinante, la ministra Pucheta, señaló que la garantía constitucional deviene “notoriamente improcedente”, ya que la privación de libertad no es ilegal, porque se halla fundada en la resolución judicial de un órgano jurisdiccional competente.

Con ello, votó por rechazar el hábeas corpus; incluso, cita cuatro fallos sobre esta posición. A este argumento se adhirieron los otros dos ministros y el pedido fue rechazado. El fallo 702 fue dictado el 5 de julio pasado.

A FAVOR. Al día siguiente, por Acuerdo y Sentencia N° 708, del 6 de julio, se rechazó el hábeas corpus presentado por la defensora Thamara Guanes, a favor de Ernesto Galeano, procesado por hurto.

La resolución fue dictada por los ministros Luis María Benítez Riera, Alicia Pucheta y Miryam Peña.

El argumento de la abogada es que Ernesto Galeano se encuentra privado de su libertad desde julio del 2016; es decir, hace un año, más allá de la pena mínima, que es de 6 meses. Es decir, prácticamente el mismo argumento que el anterior.

Los ministros Benítez Riera y Peña votaron por rechazar el hábeas corpus, mientras que la ministra Alicia Pucheta de Correa votó en disidencia.

Refiere en su voto en minoría que el objeto del hábeas corpus consiste en dilucidar si la prisión que soporta Galeano era o no ilegal.

Dice que el juez calificó el hecho como hurto, con pena de 6 meses a 5 años de cárcel. Alega que del examen que se hizo, se puede concluir fácilmente que la privación de libertad que soporta el acusado “excede el límite temporal de la duración de la pena mínima” y cita el artículo 19 de la Carta Magna.

“En las condiciones apuntadas, debe reconocerse que la situación jurídica del acusado en cuanto a la prisión preventiva se refiere, reviste visos de ilegalidad, por haber excedido el plazo constitucional regulado en el artículo 19 de la Ley Fundamental”, afirma Pucheta. Por eso, vota por hacer lugar a hábeas corpus y que se ordene su inmediata libertad.

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