¿Se puede tener un arma de fuego dentro del vehículo?

Una duda muy usual es si el carnet de tenencia responsable de armas de fuego habilita al usuario a portarla dentro del rodado. La Ley 4036/2010 es muy específica al respecto. Te contamos más en esta nota.

  • Facebook
  • Twitter
  • Email
  • Print

Tener un arma y portar un arma, no son la misma cosa. Según la legislación paraguaya, todo civil interesado puede tener en su posesión un arma de fuego en forma responsable, pero no portarla. Es decir, tenerla en casa pero no movilizarse con ella.

Sin embargo, la duda que por lo general existe es si la tenencia habilita al usuario a poseer el arma en la casa y en el auto, considerando que el vehículo se considera una propiedad privada.

Sobre ese punto, la Ley 4036/2010, en su artículo 19, refiere: “’Se entiende por tenencia de armas de fuego su posesión, junto con sus municiones, dentro del inmueble registrado en el correspondiente permiso”. Esta es la dirección donde va a permanecer el arma de forma permanente. El vehículo no pertenece a la categoría: “inmuebles”; sino rodados.

Carnet de transporte

Si los usuarios requieren portar armas de fuego en su vehículo, deben gestionar el carnet de transporte de armas de fuego. En el artículo 21 de la misma ley se explica: “Se entiende por transporte de armas de fuego y municiones, el desplazamiento de las mismas de un lugar determinado a otro, en condiciones de seguridad que imposibiliten su uso inmediato”.

Tener un arma demanda mucha responsabilidad e información. Dado el caso, la empresa Camping 44 se encarga de diligenciar este carnet para todas las personas que desean obtenerlo.

Además, la firma invita a sus clientes que poseen armas de fuego a acercarse al polígono de tiros con que cuenta, para la instrucción en el correcto uso de su artefacto. Los encuentros también son ideales para aquellos que no poseen armas, pero quieren vivir la experiencia de disparar de forma responsable, y aprovecharla como actividad recreativa.

Instagram @camping44paraguay

  • Facebook
  • Twitter
  • Email
  • Print
Más contenido de esta sección