El senador liberal Víctor Ríos presentó el proyecto que deroga la Ley 6135 que aprueba el acuerdo por notas reversales (N.R. 2/17) para el ordenamiento económico y financiero de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY). El acuerdo suscripto entre Paraguay y Argentina había sido promulgado por el presidente Horacio Cartes la semana pasada.
De acuerdo con Ríos, en estas condiciones no se puede avanzar dado que el propio Estado argentino está desconfiando de la gestión de sus representantes en la hidroeléctrica, por lo que Paraguay no puede aceptar ciegamente la aplicación de nuevas disposiciones.
“Este acuerdo viene desde el 92 hasta acá. El acuerdo Cartes-Macri viene a coronar todo un proceso que se viene debatiendo desde hace años, que incluye la deuda espuria (con el Tesoro argentino) y la maquinización del brazo Añá Cuá”, expresó.
Aseguró que esta ley puede derogar la modificación que se hizo al Anexo C del Tratado de Yacyretá con la Nota Reversal y remarcó que el Congreso argentino ni siquiera trató el instrumento, razón por la que llama la atención el apuro del Gobierno paraguayo para poner en vigencia los nuevos puntos acordados.
“Argentina tendría que estar mucho más apurada que nosotros porque consigue la maquinización de Añá Cuá que va a generar más energía para sus habitantes, consigue el reconocimiento de la deuda que para nosotros es espuria. El que más se apuró fue Paraguay. Considero que estamos a tiempo para derogar la ley y empezar el debate desde otra perspectiva”, enfatizó.
Añadió que el proyecto legislativo nace de la postura del PLRA a la cuestión Yacyretá. Mencionó que abogados especializados en hidroenergía han asesorado durante este trabajo y concluyeron que la Nota Reversal debe ser derogada.
Ríos aseveró que no se puede ignorar el descontento social que se observa en las manifestaciones ciudadanas, ya que hasta representantes de la Iglesia y del ámbito estudiantil están rechazando los acuerdos por Yacyretá.
NUEVAS DISPOSICIONES. La administración de Cartes firmó dos acuerdos sobre la EBY con Argentina. El primero es el que modifica el Anexo A del Tratado (Nota Reversal 6/14). Introduce la figura de la cogestión paritaria en la central hidroeléctrica, lo que significa que habrá un director general por cada país, con igualdad de atribuciones.
El segundo pacto es la Nota Reversal 2/17, que modifica el Anexo C (bases financieras) del Tratado. Fija la deuda de Yacyretá con el Tesoro argentino en USD 4.084 millones, al 2015 con un plazo a 30 años (10 años de gracia). Establece incremento del 20% en el pago por cesión de energía a favor de Paraguay y un abono de USD 635 millones por el 80% del territorio inundado.