El texto original fue modificado en Diputados, en el acápite, eliminando la frase “que reglamenta el artículo 187 de la Constitución Nacional”, argumentando que esa parte de la Carta Magna regula el proceso de elección y la duración del mandato. Actualmente, existen solo 30 suplentes para 45 senadores, por lo que la nueva norma indica que el TSJE aplicará el sistema de proporcionalidad directa para la distribución de los escaños de senadores suplentes, conforme a la cantidad de escaños titulares obtenidos por cada agrupación política.