Los senadores aprobaron el proyecto de resolución por el cual interpelarán a la ministra de Educación, Marta Lafuente. La iniciativa pretende conocer los criterios y mecanismos adoptados por la institución para la contratación y licitación de servicios.
El estudio del documento fue incluido como uno de los puntos en el orden del día de la sesión ordinaria de este jueves en la Cámara Alta.
La citación a la secretaria de Estado se realiza luego de la polémica adjudicación para el servicio de cafetería y catering aprobado en el mes de marzo en el marco del Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA).
Publicaciones periodísticas revelaron que en la licitación se incluyeron productos con sobrecosto, como cocido a G. 80.000, botellitas de medio litro agua a G. 10.000 la unidad, bocaditos salados a G. 500.000 por 100 unidades, G. 100.000 por cada kilogramo de frutas frescas, entre otros.
El repudio ciudadano y los cuestionamientos pusieron a la ministra Marta Lafuente en el ojo de la tormenta, incluso fue llamada por el presidente de la República, Horacio Cartes, quien le ordenó posteriormente cancelar el proceso licitatorio.
Entre las interrogantes a ser respondidas por la titular de la cartera de Educación deberá aclarar cuáles fueron los criterios adoptados al momento de valorar las ofertas en el proceso de contratación y licitación.
También tendrá que acotar los precios de referencia a ser utilizados como parámetro, cuál es la instancia interna de control responsable de supervisar las contrataciones, su posición con respecto al caso de conocimiento público relacionado al proceso de compra de bebidas y alimentos, y la existencia de algún antecedente de contratación similar a los precios adjudicados, entre otros aspectos.
Estudiantes universitarios, secundarios y ciudadanos autoconvocados se unieron en la noche de este miércoles para realizar una vigilia como pronunciamiento contra la corrupción en el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
INTERPELACIÓN. El artículo 193 de la Constitución Nacional establece que ambas Cámaras del Congreso podrán interpelar individualmente a los ministros y a otros altos funcionarios de la administración pública, directores de entes autónomos, autárquicos, descentralizados y autoridades de las empresas estatales.
El llamado debe concretarse por una mayoría y se puede realizar cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a sus respectivas actividades.
Las preguntas deben comunicarse al citado con una antelación mínima de cinco días. Salvo justa causa, será obligatorio para los citados concurrir a los requerimientos, responder a las preguntas y brindar toda la información que les fuese solicitada.
VOTO CENSURA. Luego de la interpelación, los legisladores analizarán la respuesta de la autoridad y si consideran que no fueron satisfactorias pueden emitir por mayoría de dos tercios el voto censura y recomendar su remoción del cargo al presidente de la República.