La propuesta inicial pretendía extender a USD 5 millones el máximo en la condición de créditos. Finalmente, la modificación aprobada establece el límite de USD 2 millones, respetando el dictamen de las comisiones internas.
El proyecto de ley que modifica el Artículo 3º del Decreto Ley Nº 281/61 “Por el cual se crea el Banco Nacional de Fomento”, aprobado por Ley Nº 751/61 y modificado por las leyes N.º 2100/03; 2502/04 y 4340/11", fue presentado por los senadores Alfredo Luis Jaeggli y Silvio Ovelar.
La modificación, que ahora cuenta con media sanción, pasa a consideración de la Cámara de Diputados.