14 jun. 2025

Se habilita una línea telefónica a jubilados

La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, dependiente del Ministerio de Hacienda, habilitó una línea telefónica para comunicar el fallecimiento de jubilados y herederos.
El número destinado a este efecto es el 449-218, donde los familiares pueden informar sobre la muerte de algún beneficiario de la Caja Fiscal.
En esa línea telefónica, correspondiente al Departamento de Control Interno y Operacional, los familiares de los jubilados recibirán la información acerca del procedimiento que deben realizar cuando fallece un beneficiario, para no incurrir en el cobro indebido de haberes jubilatorios como sucede en ocasiones.
Cuando fallece un jubilado/a, los parientes deben informar a la Dirección General de Jubilaciones, y posteriormente iniciar los trámites para la pensión del heredero, si corresponde conforme a lo dispuesto en la Ley 2.345/03.
El informe remitido por el Ministerio de Hacienda señala que lo que no deben hacer los familiares de los beneficiarios fallecidos es seguir percibiendo los haberes, porque esto constituye un delito.