El juez Alfredo Benítez Fantilli se contactó con ÚH para aclarar algunos detalles sobre la publicación del 14 de junio que informaba que Francisco Amarilla, detenido en febrero del 2012 por un caso de hurto agravado en Eusebio Ayala, desde la citada fecha hasta el miércoles pasado estuvo recluido en el Penal de Emboscada sin que su caso vaya a preliminar.
Primero explicó que en el 2012 él no era juez, sino recién desde setiembre del 2015 ingresó como tal, pero como juez de Sentencia y no de Garantías. “El juez que atendió en esa causa fue Paublino Escobar”, indicó.
En otro punto, añadió que no es real la información del abogado Robin Miranda. Con documentación aclara que el 19 de mayo del 2017 el Tribunal de Sentencia, integrado por Eva de Witte, Antonio Benítez y Alfredo Benítez Fantilli, convocó para un juicio oral y público en el expediente caratulado “Francisco Amarilla s/ Hurto Agravado en Eusebio Ayala”. Agregó que el encausado también tiene otra causa por violencia en Luque.
Explicó que se inhibió de atender el hábeas corpus reparador presentado por la defensa, porque atiende en esa causa principal.
El ministro de la Corte Alberto Martínez Simón ordenó una auditoría y concluyó de forma preliminar que en el año 2012 el entonces juez del caso, Escobar, libró la orden de libertad del afectado.
Dicho oficio fue retirado por un ujier de la Defensoría y, por una supuesta inejecución de la Defensoría o por una posible falta de tramitación ante la penitenciaría, no se efectivizó la libertad, concluye el informe de la Corte Suprema de Justicia.