Los medios de Cartes (diarios La Nación, Popular, Crónica, Radio 970 AM, Canal GEN y el diario digital hoy.com) están habilitados inclusive por la Corte para que las bocas de urnas sean realizadas con nombres y apellidos de los candidatos.
“Una vez más el presidente Cartes demuestra que maneja a su antojo la Justicia paraguaya. En tiempo récord ha conseguido en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia el dictado del AI 4383, por el cual suspende los efectos de los artículos 305, 306 y 329 de la Ley 834/96 Código Electoral, en relación a sus empresas cuasi monopólicas de comunicación”, afirma el mensaje.
Recordemos que el candidato del mandatario es Santiago Peña, mientras que su contrincante es el disidente Mario Abdo Benítez.
IRRESPONSABLE. La Alianza Ganar afirma que, con la medida, los medios del Grupo Cartes desvirtuarán la libre participación en las elecciones, “monopolizando a través de ‘sus medios’ la información sobre el voto del elector”. “La autorización dada por esa Corte sumisa e irresponsable es una verdadera maniobra fraudulenta, atentatoria y abusiva contra el derecho del elector respecto a la emisión de su voto. Representa asimismo una práctica discriminatoria y nociva sobre el suministro de la información que debe ser comunicada una vez firmada el acta final de la votación”, critica el comunicado.
Agrega que el objetivo es pretender pasar boca de urna con nombre y apellido, “induciendo fraudulentamente, confundiendo, pasando datos irreales, presionando indebidamente al elector a votar por los candidatos del cartismo”.
Asimismo, la Alianza Ganar asegura que está en marcha un “fraude masivo” comandado por el cartismo para las internas coloradas y para las elecciones generales. Además, en el mensaje, el equipo jurídico requiere a la Corte que revoque “de manera inmediata” la medida.