El MIC recuerda que las denuncias oficiales son claves para que las autoridades puedan identificar a los responsables de las irregularidades y establecer sanciones. Las quejas pueden realizarse a través del Botón de Denuncias en la página web del MIC, ante el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) o la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco).
SANCIONES. La institución del Estado advierte además sobre las sanciones reglamentadas en el Decreto 10911/00 para comercios involucrados en la venta o descarga irregular de combustibles derivados del petróleo.
El documento establece condiciones rigurosas para el refinamiento, importación y comercio de combustibles en el país, basándose en normas internacionales de seguridad.
La normativa también reglamenta sanciones que van desde multas equivalentes de entre un mínimo de 200 y hasta un máximo de mil jornales mínimos (G. 103.091.000), hasta la clausura definitiva del local, tras la realización de un sumario.
Juan Paredes, director general de Combustibles del Viceministerio de Comercio y Servicios del MIC, explicó que solo empresas distribuidoras y estaciones de servicio habilitadas por el organismo pueden comercializar combustibles. Añadió que el comercio de estos productos en fuentes de almacenaje no autorizadas, como bidones o tanques de plástico, representa un peligro significativo para quienes hacen el transporte y los vecinos, y que, además, impide la trazabilidad y capacidad de asegurar la calidad del carburante.