La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados analizará este martes el proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura. El proyecto fue modificado en el Senado.
Los senadores modificaron parcialmente el artículo 2 de la propuesta, y se determinó que la iniciativa para la pérdida de investidura parlamentaria deberá ser presentada por al menos una cuarta parte de los miembros de la Cámara respectiva. Diputados había decretado que al menos sea la quinta parte.
Ya en el artículo 4, que hablaba de las mayorías, se aprobó lo que propusieron los diputados, aumentando la cantidad de votos necesarios para la pérdida de investidura, pero testando una parte. En la Cámara Baja habían aprobado que sea por “la mayoría absoluta de presentes”, los senadores establecieron por mayoría absoluta, indicando que la Constitución no establece la figura planteada por los diputados.
El polémico proyecto ya podría ser sancionado en pocos días más, ya que una vez que el órgano asesor dictamine, el pleno podrá expedirse al respecto.
Si es que la Cámara de Diputados acepta las modificaciones planteadas por el Senado, la iniciativa pasará a disposición del Poder Ejecutivo.