El viceministro de Trabajo, aclaró en contacto con ULTIAMHORA.COM, que en ningún momento el Ministerio de Justicia y Trabajo está habilitado por ley para solicitar la constancia del servicio militar de los trabajadores como requisito para que una persona trabaje.
<strong> Mongelós cree que la ley 569/75 del Servicio Militar Obligatorio (SMO) tampoco tenga la potestad de regular el relacionamiento obrero-patronal “y mucho menos determinar condicionamientos para que una persona trabaje”, </strong>, afirmó.
Apuntó que las condiciones para que cualquier paraguayo pueda acceder a un trabajo digno y decente “es contar con la edad mínima requerida (18 años) y la discrecionalidad de la empresa”.
El viceministro recordó que es la secretaría de Justicia y Trabajo la encargada de regular el relacionamiento obrero - empleador, por disposición del Código Laboral, derivada de la Constitución Nacional y convenios internacionales ratificados por Paraguay.
“Nosotros somos lo que tenemos el poder de fiscalización; por convenio internacional podemos ingresar a cualquier empresa a realizar la inspección correspondiente”, indicó el viceministro.
Señaló que la fiscalización que ellos realizan es el cumplimiento de normativas en cuanto a que las empresas deben estar inscriptas en el MJT, también al IPS, al igual que sus empleados.
También dijo que deben tener los libros de tenencia obligatoria como planilla de carga horaria y de trabajadores con sus datos personales, cumplimiento del pago en caso que se trabaje horas extras con los recibos correspondientes, las condiciones de higiene y salubridad.
<h2> Reunión </h2>
El viceministro de Trabajo anunció que el MJT está gestionando una reunión con el Ministerio de Defensa a fin de tener una interpretación acabada sobre la disposición de la ley del Servicio Militar Obligatorio, y el pedido que realizó las Fuerzas Militares a las empresas, sobre este punto.