En la Sesión Ordinaria de ayer, el CM aprobó el reglamento que modifica y amplía sanciones a titulares de cargos y postulantes a cargos que están afiliados a un partido o movimiento político, y que concursan ante el Consejo de la Magistratura en el proceso de selección de conformación de ternas de candidatos para los diversos cuadros que componen el sistema judicial.
Los que concursen por sus respectivos cargos o para uno distinto y que se hallen afiliados a un partido político, deberán presentar la documentación de su pedido de suspensión o renuncia a la afiliación.
Los titulares de cargos que no están afiliados a un partido o movimiento deberán presentar una declaración jurada que acredite su apartidismo.
Los postulantes a cargos convocados por la Institución, deberán presentar, con la documentación respectiva, un compromiso irrevocable de renuncia o suspensión de afiliación. El mismo regirá una vez seleccionado o designado para ocupar el cargo correspondiente , a cumplirse en el plazo de cinco días hábiles.
En cualquier etapa del proceso de selección, el CM podrá solicitar, al Tribunal Superior de Justicia Electoral o a cualquier otra Institución pública o privada, informes documentados sobre la afiliación y el voto en elecciones internas.
En caso de error en las constancias o informes referidos a su afiliación a un partido o movimiento político, el postulante podrá acreditar por cualquier medio de prueba, la falsedad de la información.
Restará puntos. Una escala entre 30 a 50 puntos se les restará a los titulares de cargos que no acrediten haber renunciado o solicitado la suspensión de su afiliación de un partido o movimiento político; que hayan participado en actividades político partidarias de carácter público o privado, manifestar públicamente preferencias políticas entre otros casos, asimismo, que hayan votado en elecciones internas de partidos políticos o incurran en inobservancia reiterada.