El presidente Mario Abdo Benítez anunció ayer la promulgación de dos leyes importantes que se suman al ordenamiento jurídico.
El primero guarda relación con el protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de cigarrillos. Permitirá la trazabilidad del producto y reducir los niveles de vulnerabilidad para el esquema de lavado de dinero.
La segunda ley hace referencia a la modificación de la norma que reglamenta la Declaración Jurada de Bienes de los funcionarios públicos.
También promulgó la ley que declara área silvestre al Parque Guasu.
“Acabo de promulgar tres leyes que harán parte de nuestro ordenamiento jurídico. La aprobación del “Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco”, con el que reafirmamos la lucha de nuestro país contra este problema mundial para la salud pública”, posteó el presidente de la República en su cuenta de Twitter, donde publicó una fotografía de él acompañado de sus colaboradores Hernán Huttemann, jefe de Gabinete, y Carmen Marín, de la Unidad de Gestión, además del asesor jurídico, Carlos Trapani.
Entre los puntos principales que guardan relación al protocolo para eliminar el comercio ilícito del tabaco se menciona que la normativa se enmarca en el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptado en el 2003.
El protocolo complementará el convenio, en el sentido de establecer una trazabilidad de lo que es la producción y comercio del tabaco, aportando transparencia.
Centrará su acción en vigilar y documentar el movimiento de los productos de tabaco así como si situación legal.
Establece infracciones que abordan las responsabilidades y pagos relacionados a las incautaciones, así como la eliminación de los productos confiscados.
Habrá mayor trabajo interinstitucional entre los sectores involucrados en el control como la Dirección de Aduanas y su intercambio de información de inteligencia con organismos internacionales.
Al mismo tiempo, habrá control sobre las limitaciones en materia de publicidad y el control de los espacios públicos que deben estar libres de humo.
declaraciones juradas. El presidente también destacó la promulgación de ley que reglamenta las declaraciones jurada de bienes y rentas de funcionarios públicos. “Promulgué la modificación de la ley que reglamenta la declaración jurada de funcionarios, una vez aceptado el veto parcial del Poder Ejecutivo”, recalcó.
Esta norma habilita finalmente a la Contraloría General de la República a tener la potestad de denunciar ante el Ministerio Público los errores y omisiones voluntarias. Esto cuando los resultados obtenidos en los controles realizados revelen indicios de irregularidades o enriquecimiento ilícito.
Esta ley había generado un fuerte debate político principalmente porque desde el cartismo había interés de excluir esa facultad a la Contraloría y legalizar los “errores”.
La normativa excluye de forma definitiva a las personas jurídicas y proveedores del Estado, de presentar la Declaración Jurada. Se impondrán sanciones a los responsables de las instituciones del sector público que no cumpliesen con las obligaciones.
Se creará el Registro Público de las Declaraciones Juradas de Bienes, Rentas, Activos y Pasivos de los funcionarios y empleados públicos.
Las personas físicas o jurídicas de carácter público o privado están obligadas a facilitar a la Contraloría cualquier información o documentación, así como acceso a los archivos que se requiera para el cumplimiento.
Protocolo tabaco
Trazabilidad. Habrá mayor control de la producción y comercio del tabaco, aportando transparencia.
Control. Esta herramienta permitirá aumentar el control para identificar puntos de desviación y movimientos.
Infracciones. Focalizar en las responsabilidades y pagos relacionados a las incautaciones, así como la eliminación de los productos confiscados.
Declaración Jurada
Potestad. Contraloría tiene facultad de denunciar ante el Ministerio Público las omisiones voluntarias y errores cometidos en la Declaración Jurada.
Excluidos. Las personas jurídicas y proveedores del Estado fueron excluidos de la medida.
Colaborar. Personas físicas o jurídicas de carácter público o privado están obligadas a facilitar a la Contraloría información o documentos.