La presentación estuvo a cargo de los ministros Hernán Huttemann, jefe de Gabinete, y René Fernández, ministro anticorrupción.
Huttemann sostuvo que se establece por primera vez en una legislación paraguaya la definición de “qué se entiende por conflicto de interés que hace referencia a los intereses personales, patrimoniales, económicos, financieros y laborales o cualquier interés que incide en la decisión que va a tomar un funcionario público o que tomó el funcionario público”.
El jefe de Gabinete explicó que se prevé una serie de medidas tendientes a evitar que se generen los conflictos de intereses.
Un mecanismo es la presentación de una declaración jurada desde el presidente de la República, el Congreso, los asesores presidenciales, todos los altos funcionarios y los funcionarios que tienen la facultad decisoria en procesos administrativos.
Sostuvo que se establecen conductas prohibidas para los funcionarios públicos como participar de cualquier sociedad comercial que opere en el ámbito en donde tiene poder de decisión o competencia.
“Se prevé la prohibición de que uno pueda ser proveedor del Estado o de terceros dentro del ámbito donde uno tiene competencia o supervisión en la toma de decisiones”, significó el jefe de Gabinete.
Se fijan deberes de abstención para los funcionarios públicos en la decisión sobre procesos donde participen empresas, donde uno fue parte o personas a quienes prestó servicio profesional.
SANCIONES. El ministro Fernández dijo que existe un aspecto sancionatorio en el incumplimiento de las obligaciones.
“En caso de que sea formulada una declaración falsa o por formulación de datos falsos, la sanción es de 200 jornales mínimos y una inhabilitación de cumplir en función pública hasta 5 años”, sostuvo.
Inclusive, se habla de causal de juicio político para el presidente y las demás autoridades.