–El presente acuerdo tiene por objeto instrumentar la cooperación en el sector energético. A tales fines, las partes se comprometen a negociar los términos y las condiciones para constituir, a través de sus empresas de hidrocarburos.
–Esta empresa mixta desarrollará actividades industriales y comerciales a partir del procesamiento de hidrocarburos.
–En el caso de que la empresa mixta sea constituida en Venezuela, la persona jurídica a quien delegue la ejecución del respectivo proyecto, tendrá una participación mayoritaria en el capital social de la misma. Si dicha empresa es constituida en el Paraguay, Petropar será quien tenga mayor participación en el correspondiente capital social.
–Las partes se comprometen a desarrollar prioritariamente, de manera conjunta y según las modalidades enunciadas, el proyecto de ampliación y adecuación de la refinería de Villa Elisa, en el Paraguay.
–Se comprometen a estudiar la viabilidad y factibilidad de otros proyectos, como la instalación de tanques de almacenamiento en el Río de la Plata, el desarrollo de operaciones comerciales regionales y la prospección, exploración y explotación de hidrocarburos en el Paraguay.
–Las partes acuerdan que los gastos en que incurra cada una, en el desarrollo de los proyectos, serán sufragados por cada órgano ejecutor.