21 abr. 2026

Inquilina demanda a Senabico y al hijo de RGD para retener casa

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Demandado. Fernando González Karjallo (centro) y su padre Ramón González Daher.

archivo

Una inquilina planteó una acción civil contra Fernando González Karjallo, hijo de Ramón Mario González Daher, y contra la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico), para retener el inmueble alquilado para cobrar las mejoras que realizó.

El interdicto de retener la posesión fue presentado por Katherine Lorena Rodríguez, quien señala que el 1 de mayo pasado firmó el contrato de alquiler por G. 5.500.000 con Fernando González Karjallo, donde le exoneran de los pagos hasta agosto, para que realice mejoras en la casa.

Es así que en total gastó G. 65 millones en los arreglos de la vivienda que se encuentra en la calle Celsa Speratti esquina Rogelio Santa Cruz de Asunción.

Explica que el 19 de julio pasado recibió una nota de la Senabico, en que le comunica que se ordenó la inscripción del inmueble a nombre de la Senabico y que debía entregar la propiedad. Sostiene que eso no implicaba que se inscribió en los Registros Públicos.

Después, el 2 de octubre pasado, recibió otra notificación donde le emplazan por cinco días a abandonar el inmueble. Remarca que al no haber una orden de juez competente que ordene el desalojo recurre a la Justicia para precautelar los derechos, ya que invirtió la citada suma en las reparaciones.

Alega que es tercera de buena fe y que está desde mayo en el lugar. Con ello, dice que la Senabico quiere violar sus derechos posesorios, por lo que requiere al juez retener la posesión.

Tras la notificación, la abogada Raquel Talavera, representante de Fernando González Karjallo, recusó a la jueza sin expresión de causa, a más de contestar el interdicto promovido.

Señala que nunca fue notificado de ninguna inscripción del inmueble, que fue adquirido de Baltazar Francisco Chase el 12 de setiembre del 2002, donde tomó posesión del mismo. Afirma que la Senabico no debería actuar de esa manera con los inquilinos sin un juicio civil previo.

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