25 abr. 2024

Imedic apela para no pagar multa millonaria de Aduanas

La firma Imedic apeló la sanción de multa por G. 5.458 millones que le aplicó la Dirección Nacional de Aduanas (DNA). El titular del ente es el que debe resolver si ratifica la sanción.

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Julio Fernández, director de aduanas.

Foto: Archivo ÚH.

De acuerdo con el proceso legal vigente, las importadoras sancionadas por infracciones al régimen aduanero tienen la posibilidad de apelar ante el director de Aduanas. En caso de que este ratifique la resolución del sumario, pueden después recurrir ante el Tribunal de Cuentas. Incluso, en el caso de un nuevo revés, pueden accionar ante la Corte Suprema de Justicia para evitar el pago.

Según los datos recabados en la DNA, está confirmado que Imedic apeló la resolución del sumario que estableció una multa por infracción aduanera de G. 5.458.488.318. Ahora, el titular del ente, Julio Fernández, es quien debe decidir si ratifica o da curso a la apelación. Esto podría resolverse en diciembre.

Los antecedentes refieren que la nombrada firma ya fue objeto de una tibia sanción, en setiembre, por parte del Ministerio de Salud, que consistió solo en la cancelación del registro sanitario de cinco fármacos oncológicos ingresados ilegalmente al país. Esta sanción surgió tras el sumario abierto por la secretaría de Estado.

Imedic, firma del clan Ferreira, también está ligada al escándalo de insumos chinos que se produjo al principio de las medidas sanitarias impulsadas por el Gobierno para combatir la pandemia del Covid-19.

En el caso de Imedic también intervino la Fiscalía, que habla de que los medicamentos traídos al país desde India y China con presuntas facturas falsas del Brasil podrían ser riesgosos para la salud. Supuestamente, habrían vulnerado los controles e ingresado insumos oncológicos al país con facturas falsas. La DNA apunta que la responsabilidad derivada de los hechos se extiende también a los representantes legales, el despachante y el agente de transporte.

Sostiene que, ante la imposibilidad del comiso de las mercaderías que fueron objeto del sumario administrativo, aplicaron la sanción establecida en el artículo 314 del Código Aduanero, concordante con el artículo 365 del Decreto Nº 4672/05, Reglamento General del Código Aduanero, con lo cual se sustituyó el comiso por una multa consistente en el doble del valor de la mercadería.

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