De acuerdo a los registros de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), el impuesto a la renta personal (IRP) cuenta a la fecha con 10.069 contribuyentes inscriptos. De este total, 9.385 son personas físicas y 684 jurídicas. Este impuesto alcanza a las personas que percibieron 179.089.056 guaraníes en el transcurso del año.
Para el cierre del 2013, la SET estimaba que se inscribirían 12.000 contribuyentes. Si bien este año se planea recaudar solo G. 2.179 millones (USD 539.356) por este tributo en forma directa, permitirá incrementar los ingresos percibidos por el impuesto al valor agregado (IVA), pues las facturas con IVA permiten descontar los pagos por IRP.
La Administración Tributaria cuenta con un Centro de Atención especializado orientado al IRP, en el edificio de la Dirección General de Grandes Contribuyentes, desde donde se brinda atención personalizada, por teléfono y por correo electrónico, a los interesados en conocer sobre el nuevo tributo. En todos los casos, a estos nuevos contribuyentes del IRP se les otorga la clave de acceso o clave
fiscal ya que la presentación de declaraciones juradas de este impuesto debe realizarse indefectiblemente a través de internet, con lo cual se brinda mayor comodidad impositiva al contribuyente.
Para consultas están disponibles los siguientes números telefónicos: 44-5371, 49-4362 y la línea celular (0976) 102-071 en el horario de 7.30 a 17.00. También se puede solicitar información escribiendo al correo electrónico irp@set.gov.py.
El tributo se liquida anualmente, es decir, se paga al año siguiente del ejercicio liquidado. Así, quienes se inscribieron y fueron alcanzados por el tributo este año, deberán pagarlo recién en marzo del próximo año. Entre los contribuyentes alcanzados por el IRP están incluidos parlamentarios, futbolistas, modelos, gerentes y directores de bancos, entre otros.
La sanción aplicada a una persona que no se inscribe en el plazo exigido es en concepto de contravención y el monto es de G. 50.000 (igual que en otros tributos). En el caso de la persona que se
encuentre inscripta en el RUC como contribuyente del IVA, debe realizar una actualización de su obligación tributaria por medio del formulario 610.