Los formularios que deberán ser usados para la liquidación del IRP son el N° 515, para las rentas provenientes de la prestación de servicios personales; y el formulario N° 516 para declarar por las rentas y ganancias del capital, recuerda el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El interesado –una vez superado el rango de ingresos– debe inscribirse en el IRP o realizar la actualización de datos correspondiente, a través del Sistema Marangatu, dentro de los 30 días hábiles posteriores.
El IRP, por servicios personales grava las rentas de fuente paraguaya, que provengan del trabajo personal, profesional o no, prestado por un residente en relación de dependencia o no. Alcanza a las personas físicas que obtengan ingresos gravados superiores a G. 80 millones. durante el ejercicio fiscal.
Son contribuyentes del IRP los profesionales universitarios, técnicos, artistas, deportistas, despachantes de aduanas, comisionistas, trabajadores en relación de dependencia, personas que desempeñen cargos públicos (electivos o no), permanentes o contratados en cualquier organismo o entidad que dependa del Estado, incluido las binacionales.
El tributo también afecta a quienes ofrecen servicios de síndico, escribanos, albaceas, rematadores, diplomáticos, entre otros.
Según el calendario perpetuo de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), la presentación de las declaraciones juradas debe darse en marzo, que arranca con aquellos contribuyentes con terminación del RUC 0 y culminando con aquellos con terminación 9.