25 abr. 2024

El Senado sancionó la ley que elimina las acciones al portador

Una vez promulgada la norma, las empresas tendrán dos años para convertir las acciones al portador en nominativas. Incumplirla impedirá operar en el sistema financiero y propiciará el bloqueo del RUC.

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El pleno del Senado retomó su primera sesión del año este jueves. Foto: Archivo.

Luego de un duro debate en la sesión de la Cámara de Senadores se terminó por sancionar la ley “que establece reglas de transparencia en el régimen de sociedades constituidas por acciones”.

La normativa quedó confirmada en la versión original que nació en la Cámara de Diputados, que elimina totalmente las sociedades anónimas.

El artículo tercero de la ley señala que los accionistas tendrán un plazo de dos años desde la promulgación de la normativa para comunicar del canje a la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda.

Cumplido ese plazo, quien no haya realizado este procedimiento le quedarán suspendidos sus derechos económicos hasta tanto formalice la conversión.

Esta situación se detalla en el artículo cuarto, donde incluso se señala que las sociedades que no hayan cumplido con la obligación de convertir sus acciones al portador hasta en un 90% estarán sujetas a las siguientes consecuencias: no podrán operar en bancos, financieras, casas de cambio, casas de bolsa, cooperativas y la Subsecretaría de Tributación procederá al bloqueo del Registro Único del Contribuyente (RUC).

Esta ley también establece sanciones para quienes no realicen el canje de acciones, que pueden ir desde los cincuenta jornales mínimos (G. 3.830.000) hasta los quinientos jornales mínimos (G. 38.308.800).

DISCUSIÓN. Los legisladores de la Cámara Alta necesitaban 23 votos para ratificarse en su versión de la ley que dejaba como optativo el canje de las acciones; sin embargo, solo consiguieron 18 votos.

El senador Arnaldo Giuzzio fue el férreo defensor de la versión de Diputados y expuso, en su experiencia como ex fiscal anticorrupción, que esta herramienta jurídica es necesaria para combatir a las empresas de maletín a través de las cuales se realizan lavados de dinero.

“El hecho de que uno tenga que declarar sus bienes no lo hace un presunto corrupto, sino se preserva la transparencia. Así como está el sistema, no podemos perseguir a grandes evasores de impuestos. Esto va a transparentar los negocios. ayudar a combatir esas empresas de fachada”, afirmó.

La normativa pasó al Poder Ejecutivo para su reglamentación y promulgación.

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Seprelad celebra facultades que otorga nueva ley
“Finalmente logramos aprobar la versión que queríamos. Ahora resta que el Ejecutivo lo sancione para ver cómo ir enfocando nuestras acciones para identificar al beneficiario final. Excelente está esto”, manifestó ayer Óscar Boidanich, ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), apenas fue sancionado el proyecto.
Añadió que un consultor internacional vendrá la próxima semana al país para brindar recomendaciones a Paraguay para lo que será el próximo año la verificación que hará el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre prevención de lavado de dinero.
“Estamos haciendo una evaluación simulada; es decir, todo un proceso como si estuviéramos en evaluación real. Esto lo que cambia (la nueva ley) es ver qué enfoque le daremos a ese proceso de evaluación simulada”, afirmó. Paraguay será sometido en setiembre de 2018 al análisis de GAFI. Asobán y Adefi pedían aprobar esta versión de la ley.