17 jun. 2025

El fisco aclara que abogados no pagarán renta empresarial

La Subsecretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda emitió ayer la resolución Nº 9 por la cual precisa el alcance de la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP). Con esta nueva normativa se descarta que los abogados paguen eventualmente el impuesto a la renta empresarial (Iracis), posibilidad que quedó abierta con la anterior redacción de la resolución de Tributación hoy cambiada.
La administración fiscal optó por modificar la redacción del artículo 1º de la resolución Nº 1.566/06, luego de las críticas lanzadas por el Colegio de Abogados del Paraguay.
El gremio considera que la norma viola la Constitución Nacional, la Ley de Adecuación Fiscal y el decreto Nº 8.595/06 que reglamenta el IRP, que entró de vuelta en vigencia el 1 de enero pasado.
Los letrados argumentan que el fisco pretende convertir el trabajo en equipo de profesionales en empresas para tributar el impuesto a la renta empresarial.

NUEVA. La nueva redacción del artículo 1º señala lo siguiente: Sin perjuicio del criterio al que se refiere el segundo párrafo del artículo 2º del decreto Nº 8.595/06, se consideran servicios de carácter personal, en el caso de prestaciones de servicios profesionales, aquellos que son prestados por el profesional en forma personal y directa a sus clientes, así como los casos en que el servicio prestado total o parcialmente por otra persona agregando la colaboración, complementación o cualquier otra forma de servicios de personal dependiente o asociado al titular”.
El director de Planificación de Tributación, Pablino Silva, sostuvo ayer que con esta redacción se aclara el alcance del IRP y se atiende el reclamo efectuado por el Colegio de Abogados.
Los abogados no son los únicos que cuestionan la legalidad de las disposiciones de Tributación. En ese mismo sentido también están las sociedades anónimas emisoras de capital abierto (SAECA), que reclaman abonar 5% de renta empresarial y no 10% como establece el fisco.

Las SAECAs dicen que deben pagar 5%

Las sociedades anónimas emisoras de capital abierto (SAECAs) también cuestionan la legalidad de las disposiciones de la Subsecretaría de Tributación, que les obliga a abonar 10% de impuesto a la renta empresarial.
Este sector considera que deben pagar 5%, teniendo en cuenta que son beneficiarias de incentivos fiscales a través de la Ley 1.284/98 de Mercado de Valores.
El abogado tributarista Carlos Mersán sostiene que el fisco viola la Constitución Nacional, el Código Civil, la Ley de Adecuación y la Ley de Mercado de Valores al desconocer los beneficios fiscales otorgados a las SAECAs.
A criterio de Mersán, la Ley de Mercado de Valores en forma clara expresa que el régimen tributario especial establecido para las SAECAs consiste “en el pago del 50% del impuesto a la renta para ejercicios fiscales cerrados, cualquiera sea la tasa establecida, siempre y cuando abran su capital en la forma dispuesta en el artículo 234”.
A las críticas de los abogados y las SAECAs también se suman los contadores, quienes reclaman al fisco que flexibilice el calendario impositivo para facilitar los trámites a los contribuyentes.

LAS CRÍTICAS LANZADAS CONTRA TRIBUTACIÓN

LOS ABOGADOS:
–La Resolución 1.566 de Tributación contraviene y pretende modificar la Ley de Adecuación Fiscal sobre el impuesto a la renta personal (IRP).

–Sostienen que el fisco pretende convertir el trabajo en equipo de profesionales en empresas para tributar el impuesto a la renta empresarial.

–La resolución tributaria viola la Constitución Nacional, la Ley de Adecuación Fiscal y el Decreto Nº 8.595/06.

LAS SAECA:
–El abogado Carlos Mersán Galli señala que el fisco viola la Constitución Nacional y las leyes al desconocer beneficios fiscales otorgados a las SAECA.

–Sostiene que las SAECA deben pagar 5% de impuesto a la renta empresarial y no 10% como lo establece la administración fiscal.

–Las empresas piden que el Gobierno respete las leyes establecidas para fomentar la inversión, porque de lo contrario se produce daño al país.

LOS CONTADORES:
–Los profesionales esperan que Tributación flexibilice el calendario impositivo para facilitar los trámites a contribuyentes.

–Señalan que actualmente los vencimientos se enciman y las entidades de cobranzas no dan abasto para atender a todos los aportantes.

–El próximo mes vencen tres impuestos: IVA, Imagro y el IRPC, por lo que se complicará aún más el panorama para los contadores y contribuyentes.