Según el anuncio de la Presidencia, la promulgación pretende dar mayor transparencia a las instituciones del Estado.
La Ley 6299/19 establece que las instituciones públicas mencionadas deberán hacer públicas sus sesiones, a través de un sistema audiovisual directo.
La normativa obliga al Consejo de la Magistratura que el proceso de selección deberá ser público y se deberá explicar el motivo de su voto para la selección de candidatos a ocupar cargos en el Poder Judicial.
Lea además: Aprueban sesiones públicas de la Corte, el CM y el JEM
En el caso del JEM, debe explicar por qué “tal o cual magistrado” debe o no ser sancionado, suspendido o removido del cargo. El Jurado de Enjuiciamiento es una de las instituciones que ya trasmite sus sesiones a través de su página web.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia deberá hacer públicos los fallos de inconstitucionalidades y medidas cautelares, así como cuando deban prestar acuerdos.
Igualmente, el Consejo de Ministros deberá transmitir sus reuniones en vivo por medios audiovisuales. No obstante, si algún ministro considera que algún asunto debe ser tratado en reserva, se puede cortar la transmisión.
Relacionado: Senado dispone publicidad de sesiones del Consejo de Ministros
La propuesta fue presentada por el Ejecutivo en el 2018, y se establecía la publicad de las reuniones de la Corte Suprema de Justicia, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Consejo de la Magistratura. Sin embargo, en el Senado se decidió incluir al Consejo de Ministros.