La resolución afecta al abogado argentino Juan Ignacio Marcilio, quien deberá enfrentar juicio oral por el citado delito de contaminación del aire en Villarrica, conforme con la acusación del Ministerio Público.
Según explica el requerimiento fiscal, la fábrica de criptomonedas Bitfarms cuyo encargado es Juan Ignacio Marcilio, está ubicada detrás de la subestática de la Administración Nacional de Electricidad (Ande), específicamente en el barrio Santa Lucia de la capital del Guairá.
En el caso, Juan Andrés Bozzano Fernández, Luz Teresita Ayala, Teresita María Sol Arrúa, Luz Maricela Aranda, Juan Enríquez y Denise Báez denunciaron a la empresa por supuesta polución sonora.
Refiere la fiscala que, desde junio del 2024, la firma permanentemente emite ruidos dañinos para la salud de los vecinos de ese barrio.
Es así como el 19 de julio de 2024, funcionarios de la Municipalidad de Villarrica se constituyeron hasta el lugar y midieron los decibeles de los ruidos que provenían de la fábrica, que en ese momento se hallaba operando, haciendo uso del aparato de medición (decibelímetro).
La misma dio como resultado 75 decibeles a una distancia de 100 metros, lo que se plantó en el acta. Después, el 19 de octubre de 2024, los funcionarios nuevamente tomaron muestras que arrojaron valores de 81,8 db, 99, 0 db, 91,5 db, 79,7 db, 100,9 db, 76,6 db, 99,3 db, 71,6 db, 97,3 db, en distintas ubicaciones en el interior de la planta en cuestión.
Fue sistemática
Refiere la acusación que esto ocurrió de manera sistemática entre los meses de junio a noviembre de 2024, por lo que viola los parámetros máximos de ruidos en las diferentes áreas de la ciudad, que son de 45 a 70 decibeles.
Fue así que Juan Ignacio Marcilio fue imputado y luego acusado. En la preliminar, la fiscalía solicitó que el caso pasara a juicio oral.
Por su parte, los defensores Eduardo Casartelli y Enrique Duarte pidieron la aplicación del criterio de oportunidad, o en su caso, la suspensión condicional del procedimiento. En este último caso, el procesado reconocía los hechos. Además, ofrecía pruebas, entre ellos, el estudio del impacto ambiental del Mades.
Sin embargo, el magistrado rechazó el pedido de criterio de oportunidad, teniendo en cuenta que los hechos no eran insignificantes, que es uno de los requisitos para aplicar esta figura.
Respecto a la suspensión condicional, su aplicación fue rechazada debido a que existe una acusación planteada por el Ministerio Público, por lo que mal se podría aplicar la figura procesal.
Finalmente, el juez Ruiz Díaz Gamba admitió la acusación del Ministerio Público y elevó la causa a juicio oral, con lo que Marcilio deberá responder por el delito de contaminación dej aire. Se expone a una pena de hasta 5 años o multa, conforme con el Código Penal.