20 jul. 2025

Diputados modifican Código Procesal Civil

La Cámara de Diputados aprobó ayer con modificaciones y por unanimidad un proyecto de ley presentado por el colorado Óscar Tuma, con el cual se modifica el artículo 701 de la Ley Nº 1337/88, del Código Procesal Civil, que hace referencia a la caducidad.

La modificación plantea que las medidas cautelares registrables o no, se extinguirán de pleno derecho a los cinco años de la fecha de su anotación en el registro respectivo o desde que fueran ejecutadas en el caso de que no sean registrables, salvo que a petición de parte se reinscribieran antes del vencimiento del plazo por orden del juzgado que entiende en el proceso.

La normativa de este artículo comprende embargos preventivos y ejecutivos, anotación de litis, anotaciones preventivas de contratos privados, prohibición de innovar o de contratar, el secuestro así como las anotaciones personales o inhibición de gravar y vender en el registro de interdicciones y todo otro tipo de medidas cautelares innominadas.

La iniciativa hace referencia principalmente a la Dirección General de los Registros Públicos.

Como vocero de Comisión de Legislación y Codificación. órgano asesor que dictaminó el proyecto, el colorado Eber Ovelar manifestó que la normativa pretende establecer una regla única para los embargos y medidas cautelares.

El proyecto con media sanción fue remitido a la Cámara de Senadores para su posterior estudio.