20 jun. 2025

Costa Rica aún no regula la fecundación in vitro a un año del fallo de la CorteIDH

San José, 15 dic (EFE).- A un año de haber sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) por la prohibición de la fecundación in vitro, el Estado costarricense aún no regula esa técnica médica en medio de un ambiente de polémica entre argumentos científicos y de grupos religiosos opositores.

Un grupo de ciudadanos frente a la Asamblea Legislativa de Costa Rica, en San José, se manifiesta a favor de la fecundación in vitro. EFE/Archivo

Un grupo de ciudadanos frente a la Asamblea Legislativa de Costa Rica, en San José, se manifiesta a favor de la fecundación in vitro. EFE/Archivo

La Asamblea Legislativa estudia desde hace varios meses un proyecto de ley elaborado por el Gobierno y que tiene como fin establecer parámetros para regular la técnica médica, que está prohibida desde 2000 por la Sala Constitucional que consideró que viola el derecho a la vida de los embriones no implantados en el vientre de la mujer.

Sin embargo, el proyecto gubernamental se ha estancado y grupos políticos opositores han intentado introducir cambios, lo que impidió que la votación se llevara a cabo durante 2013.

La iniciativa original, llamada “Ley de fecundación in vitro y transferencia de embriones humanos”, contiene 31 artículos y permite “la transferencia de hasta dos embriones en la mujer por cada ciclo reproductivo”, número que puede aumentar a tres dependiendo del criterio médico.

La técnica sólo podrá aplicarse si uno o ambos miembros de la pareja padecen problemas de infertilidad y únicamente se permitirá en mujeres mayores de 18 años.

Otro artículo de la ley habilita la conservación de embriones fecundados y no transferidos a la mujer por un plazo de cinco años prorrogable a diez, después del cual pueden ser donados para adopción con fines reproductivos.

La Defensoría de los Habitantes de Costa Rica envió esta semana un informe a la CorteIDH en el que señala que las personas con problemas de fertilidad “siguen sin el acceso a servicios que resuelvan su infertilidad y que garanticen el ejercicio de sus derechos de autonomía”.

Agrega que “se mantiene vigente la interferencia arbitraria en la vida privada familiar y existen claros obstáculos para el ejercicio de los demás derechos por no levantarse la prohibición de fertilización en el país”.

La defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum, dijo sentirse avergonzada porque su país, reconocido internacionalmente por su liderazgo en temas de derechos humanos, “hoy en día es moroso e irrespetuoso de una sentencia de un tribunal internacional”.

En Costa Rica, que en su Constitución Política de 1949 establece la religión católica como oficial, grupos religiosos han mostrado una fuerte oposición a la fecundación in vitro porque afirman que propicia la muerte y la congelación de embriones.

La Conferencia Episcopal ha instado a los candidatos a la Presidencia de Costa Rica para las elecciones del próximo 2 de febrero a manifestarse sobre su posición en cuanto a la fecundación in vitro y las uniones civiles entre personas del mismo sexo, otro tema que se encuentra estancado en el Congreso.

La Iglesia católica y otros grupos religiosos organizaron a mediados de noviembre pasado una marcha “por la vida y la familia”, en la que participaron decenas de miles de personas y que pretendía reforzar la tesis del derecho a la vida del no nacido y de la familia tradicional conformada por un hombre y una mujer.

La sentencia de la CorteIDH, publicada en diciembre de 2012, indica que con la prohibición de la fecundación in vitro se ha afectado el “derecho a la vida privada y familiar, los derechos reproductivos y a la integridad personal”.

Ello, porque “la decisión de ser o no madre, o padre, es parte del derecho a la vida privada e incluye la decisión de serlo en el sentido genético o biológico”, según el fallo.

La CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, negó en su sentencia que “el embrión pueda o deba ser tratado jurídicamente de manera igual a una persona”, y ordenó que se permita la técnica médica en el país.

El Gobierno ha cumplido con algunas de las ordenes del tribunal como la indemnización al grupo de parejas que demandó al Estado y la publicación del fallo, pero aún está en deuda en la parte esencial de la sentencia sobre regular y habilitar de nuevo el procedimiento médico.

Douglas Marín

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