El fallo fue dictado por los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón Fernández y Arnaldo Fleitas, quienes rechazaron la recusación planteada por la defensa del querellado.
La defensa señaló que la actitud asumida por la jueza obligaba a recusarla, ya que supuestamente “pareciera ser en armonía con la querella autónoma, lo cual es totalmente irregular”, conforme refiere.
Habla de falta de independencia y parcialidad por lo que solicitó que la jueza se apartara.
Por su parte, Farías, al informar sobre el pedido, remarca que la recusación carecía de fundamentos, que sus actuaciones se ajustaron a Derecho, y que no tenía interés en la causa, por lo que pidió rechazar la recusación.
Al analizar el pedido, los camaristas apuntaron que los motivos alegados no eran suficientes para apartar a la jueza, por lo que lo rechazaron. Ahora, se fijará fecha para proseguir con el juicio.