La misma expresó que deben estar todos los miembros del mencionado consejo para poder dictaminar sobre el reajuste, razón que impide la reunión debido a que uno de ellos, el representante de las patronales, se encuentra en Ginebra y retornaría en una de esas fechas a Asunción.
De todas maneras, es un hecho que el salario mínimo se reajustaría en G. 130.000, con lo que a partir del mes de julio los trabajadores pasarían a percibir G. 2.680.000 en ese concepto.
El monto se define con base en el informe preliminar del Banco Central del Paraguay (BCP), sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que indica que la inflación interanual acumulada hasta mayo de este año es del 5,1%, equivalente a G. 130.000. “El nuevo salario mínimo desde julio sería de G. 2.680.000 y con el descuento del aporte obrero del 9% al IPS, quedará en G. 2.438.800”, expresó Gómez.
Faltarán los trámites oficiales y el decreto del Poder Ejecutivo. “Todos los salarios mínimos deben reajustarse automáticamente”, expresó la presidenta del Conasam.
con base en la ley. El incremento se ajustará exclusivamente a lo que dicta la Ley 5764, de conformación del Conasam, que estipula que el reajuste debe respectar estrictamente el índice de inflación del BCP.
Según Gómez, no cree que el salario se reajuste por debajo del nivel del 5,1% dictaminado por la banca central. No obstante, esta afirmación de Gómez echa por tierra las pretensiones de las centrales obreras que anunciaron que solicitarían un aumento salarial que ascienda a G. 3.200.000, por considerar que es el monto mínimo para sustentar una vida digna para los trabajadores.
Pero por lo expresado por Gómez, es muy probable que no se acepte siquiera discutir ese monto, pues tanto los representantes del Ejecutivo como los empresarios dijeron que apoyarán la propuesta de atenerse a la ley para dictaminar el porcentaje de incremento.