Cabe señalar que el Presupuesto General de gastos para el próximo año establece la suma de G. 31.818 millones para repartir a los partidos políticos.
La ley establece varios montos que se calculan en base al jornal mínimo de acuerdo a los votos que obtuvo cada agrupación y los candidatos que hayan llegado a los cargos que se pretendía.
Es así que el artículo 276 explica que la agrupación política que haya ganado la presidencia, en este caso, es la ANR, se beneficia con el equivalente a cincuenta mil jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.
A su vez, se subsidia a cada partido o movimiento con el equivalente a dos mil jornales mínimos para actividades diversas no especificadas por cada diputado y senador electo.
También se otorga un subsidio por los concejales electos de 200, 400 y 600 jornales mínimos. El monto es mayor para los concejales electos de Asunción.
Así también, se otorga 6000 jornales para la agrupación del intendente electo de Asunción y 1.500 y 750 jornales para otros municipios.
Si resulta electo el candidato a gobernador, el partido ganador recibe también 5.000 jornales mínimos como subsidio y 500 jornales por cada concejal departamental electo.
Por cada voto obtenido para integrar el Congreso Nacional, asimismo para las juntas departamentales y municipales, los partidos o movimientos políticos reciben el 15% de un jornal mínimo.
De esta forma se ven aumentos en el Presupuesto General de gastos debido a la suba del salario y jornal mínimo, que se utiliza como base para el calculo de los subsidios.
El último aumento del salario se dio el 1 julio de este año con un incremento del 3,8%.
El jornal mínimo de esta forma es G. 84.340, cuyo monto se multiplica por las cifras que el Código Electoral establece.
En caso de que se modifique el Código Electoral para establecer menos ingresos para los partidos políticos, se deberían reducir las cifras que menciona el Código Electoral para otorgar el subsidio a los partidos políticos.