La suspensión fue difundida ayer a través de la página oficial en internet de la Cancillería argentina. La respuesta de Paraguay no se hizo esperar.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país expresó “su rechazo a esa decisión, adoptada obviando los procedimientos regulares y sin que se haya dado oportunidad alguna al Estado afectado (Paraguay) para pronunciarse sobre el particular, tal como lo determina expresamente el artículo 4 del Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, suscrito el 24 de julio de 1998".
Además, expresa “que la Declaración, curiosamente, adolece del mismo defecto que se atribuye al proceso interno paraguayo que le dio origen, y que se califica impropiamente como de ruptura del orden democrático, “por no haberse respetado el debido proceso”.
Agrega que “sin embargo, puede señalarse que en el juicio político entablado en el seno del Congreso Nacional al entonces presidente Fernando Lugo, de conformidad con las disposiciones constitucionales aplicables, se otorgó a este la oportunidad de ejercer su defensa, como en efecto lo hizo”.
LA REFUTACIÓN. “En cuanto al principio del debido proceso, por cuya supuesta inobservancia se considera que pudo haber una ruptura del orden democrático en el Paraguay, cabe aclarar que en el caso en cuestión el procedimiento se ajustó estrictamente a lo dispuesto en el artículo 225 de la Constitución Nacional de la República del Paraguay, garantizándose por consiguiente el debido proceso”.
La Cancillería paraguaya sostiene que “en cambio, la Declaración difundida por la Cancillería argentina no fue adoptada conforme a los procedimientos que se observan en el Mercosur; está suscrita por Estados Asociados que no ratificaron dicho Protocolo y, lo que es más grave, fue resuelta sin escuchar previamente al Gobierno de la República del Paraguay, violando de tal manera el debido proceso”.
El documento agrega que “la Declaración de referencia demuestra que no resulta posible negar la constitucionalidad del juicio político, ni la abrumadora mayoría con que se tomó la decisión de condenar al expresidente Lugo, ni que el propio afectado se sometió al juicio político y acató públicamente la resolución adoptada”.
Señala que “la Declaración del Mercosur en nada contribuye a la paz y la tranquilidad pública del Paraguay, ni a la integración regional, y se extralimita al descalificar decisiones adoptadas, en uso de sus legítimas atribuciones, por el Poder Legislativo”.