24 may. 2026

Aprueban penas para abusadores que usan tecnologías

La Cámara de Senadores aprobó este lunes las modificaciones al Código Procesal Penal, para establecer sanciones para aquellos que cometan abuso sexual contra niños y niñas utilizando las tecnologías para el efecto. El documento queda sancionado.

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Luis Héctor Morínigo Cantero, quien tenía tres condenas por violación y quien fuera liberado en circunstancias poco claras de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, ya no se encuentra en Paraguay.

Foto: Vix.com

La normativa modifica y amplía el artículo 135 del Código Procesal Penal para establecer la pena privativa de libertad para aquellos que usen tecnologías para solicitar o exigir a un niño o niña que realice actos sexuales o envíe imágenes de contenido sexual.

Además, esta modificación amplía las sanciones para quienes abusen de niños y niñas a la pena carcelaria de entre 4 a 15 años, en algunos casos que incluyan agravantes.

Los parlamentarios aprobaron la creación del inciso b) del artículo 135, el cual señala que “el que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos requiera de cualquier modo a un niño o niña que realice actos sexuales o le solicite imágenes de sí mismo con contenido sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o multa”.

Este documento fue presentado originalmente por el diputado Óscar Tuma. La normativa queda sancionada y pasa al Poder Ejecutivo.

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