Fue voto unánime de los camaristas José Waldir Servín, Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete, quienes anularon la resolución dictada el 17 de abril de 2023, en mayoría, por los jueces Elio Rubén Ovelar, Darío Báez y María Luz Martínez.
En el juicio oral, los jueces Ovelar y Báez habían votado por la absolución de Durand, ya que entendieron que no existió hecho punible. La jueza Martínez votó por aplicarle una condena.
Los fiscales Natalia Fúster y Néstor Coronel apelaron la resolución. Señalaron que hubo falta de fundamentación y error en la aplicación del derecho, por lo que pidieron anular el fallo, y que se realice un nuevo juicio oral.
Por su parte, los defensores Pablo Reinerio Villalba y Óscar Tuma solicitaron la confirmación del fallo, que consideraron que se ajustaba a Derecho.
Ya en el análisis del Tribunal de Apelación, señalan que la decisión en mayoría no hizo una valoración pormenorizada de todas las pruebas que se presentaron en el juicio oral.
Es más, señalaron que solamente dijeron que ellos llegaron a la conclusión, por lo que entienden que se violó el principio de la sana crítica y de congruencia en la resolución que se dictó.
Así, disponen la nulidad del juicio oral y ordenan que se realice otro juzgamiento público del ex ministro.
La acusación señalaba que Durand, en su declaración jurada que presentó en el año 2018, expuso datos que no se ajustarían a la realidad de sus activos y pasivos patrimoniales.