El veredicto fue dictado por los jueces Yolanda Portillo, Héctor Capurro y Blanca Gorostiaga, que participó del juicio oral de manera telemática.
Según explicaron, no se configuró el hecho punible, ya que no se probaron los hechos acusados por los fiscales Silvio Corbeta y Alma Zayas, a 7 años de la imputación.
Ayer, al inicio de la audiencia, alegó la defensa de Núñez. Después, hubo réplica y dúplica, para luego las palabras finales de los acusados, y la deliberación del tribunal.
Blanco había pedido que se honrara la ley, y “hagamos patria honrando la ley. Si dice que debemos ser condenados, que lo hagan, y si dice que somos absueltos, también”.
Núñez, por su parte, pidió que “Dios, juez de jueces, les ilumine para dictar una sentencia justa”.
resolución. Ya tras la deliberación, Yolanda Portillo explicó la resolución. Primero indicó la acusación. Supuestamente, según la fiscalía, con el acuerdo y sentencia 1213 del 2 de diciembre del 2014, en el caso de Peter Kennedy sobre apropiación y estafa, cometieron prevaricato.
En la misma, la Corte anuló el fallo del Tribunal de Apelación de Presidente Hayes, que anuló la resolución del juicio oral, y dispuso el reenvío. Además, por decisión directa, redujo la pena de 6 a 2 años y medio de cárcel.
Luego, dictó una aclaratoria donde aclaró que de oficio anularon la resolución del Tribunal de Apelación. Según la fiscalía, era el único fallo donde admitieron el recurso.
La jueza explicó que no era la única resolución dictada en ese sentido, según se probó. Que ya hubo otra en el 2011 donde se usaron los mismos argumentos para anularlo. Incluso, leyó los argumentos.
Portillo dijo que en el acuerdo y sentencia cuestionado, se argumentó que era una cuestión de orden público. Además, que actuaron dentro de sus facultades, y que no se actuó contra la ley, como lo prescribe el prevaricato.
Sobre la reducción de pena, citó los artículos legales que le dan esa potestad a la Corte, y que era una cuestión de interpretación.
Se demostró que las cuestiones tratadas en las dos resoluciones son interpretaciones posibles que se pueden dar para el caso. La fiscalía debió probar la motivación extrajudicial en todo caso. Al no darse la tipicidad no constituye hecho punible, dijo.
Ricardo Preda, defensor de Blanco, aseguró que el fallo fue impecable. Que el ex fiscal René Fernández, que imputó un día antes del juicio político a Blanco, utilizó al Ministerio Público como plataforma para aspirar a cargos políticos, dijo.
Por voto unánime, Sindulfo Blanco y Víctor Manuel Núñez fueron absueltos de culpa y reproche, debido a que los jueces entendieron que no existió hecho punible de prevaricato en los fallos que dictaron.