Cabe recordar que el límite que rige para los plásticos se establece con base en la Ley 5476/2015, que establece normas de transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de crédito y débito. Esta normativa, en su artículo 9, señala que los intereses aplicables por el uso de la tarjeta de crédito no podrán exceder tres veces el promedio de las tasas pasivas promedio vigentes en el mercado.
El tope fijado para las operaciones con tarjetas de crédito en guaraníes es inferior al que se había marcado para este mes de junio (13,21%); pero en el caso de las transacciones con moneda extrajera es levemente superior (4,93%). A inicios de este año, las referencias estaban establecidas en 14,01% para moneda local y 6,28% para moneda extranjera, con lo cual se observa en la actualidad una reducción en los intereses.
método El cálculo de la tasa de interés activa que puede ser aplicada por la utilización de los plásticos es resultante del cómputo de las operaciones de bancos, financieras y cooperativas desde este año. Anteriormente, solo se incluía a los bancos y financieras.
La Cifra
2,5
puntos porcentuales aproximadamente es la caída que se tuvo en la tasa para las tarjetas en lo que va de este año.