Debido a la crisis sanitaria por la pandemia del Covid-19, y porque no estaban dadas las condiciones para realizar un proceso electoral, el periodo municipal 2015-2020 había sido extendido hasta el año 2021, y debido a esta decisión política, intendentes y concejales permanecieron seis años en sus cargos.
Ahora, y con el argumento de que existe “desigualdad perjudicial al equilibrio democrático del tiempo de duración del mandato entre uno y otro periodo de autoridades municipales, dejando a los actuales con un periodo más corto”, se pretende ampliar por un año el periodo de mandato.
Otro de los argumentos que sostuvo el proyecto de ley señala que esto traerá incumplimientos en la conclusión de proyectos a ejecutarse; y además, que el artículo 250 del Código Electoral prevé que las autoridades municipales deben cumplir un periodo de cinco años.
La decisión está en manos del presidente Mario Abdo Benítez. La Asesoría Jurídica de la Presidencia tiene tiempo hasta el próximo lunes 21. Sin dudas la presión política para Abdo Benítez es enorme, ya que sumado al polémico tema se debe considerar que nos encontramos en periodo electoral, y en medio de unas encarnizadas internas partidarias en la ANR, donde varios de los intendentes están trabajando para apoyar a la dupla presidencial del oficialismo.
Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se han alzado ya las voces que piden el veto presidencial del proyecto. Uno de los voceros de esta postura fue Cristhian Ruiz, director de Financiamiento Político del TSJE, quien había anunciado el pedido de veto del proyecto de ley que está en el Poder Ejecutivo. Explicó que la postura del organismo electoral ya había sido remitida a la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado en meses anteriores. Dentro de los puntos más relevantes se mencionaba la necesidad de observar los artículos 2 y 3 de la Constitución Nacional, que hablan sobre la soberanía y el poder público.
El artículo 2 señala que la soberanía nacional reside en el pueblo, que no se ejerce a través de los mecanismos establecidos por la Constitución, y el artículo 3, que el pueblo es el que ejerce el poder público a través del derecho del sufragio.
Los intendentes electos por votos electorales tienen cinco años de mandato para el cumplimiento de sus funciones; y, de ser promulgada la nueva propuesta de ley, esto cambiaría y serían en total seis años de mandato.
Considerando todos los argumentos expuestos por ambas posiciones, se debe decir que sin dudas no corresponde alargar el mandato de intendentes y concejales. No se puede dejar de lado el hecho de que el precedente de la decisión tomada durante la pandemia del Covid-19 era exactamente eso, una excepción durante una situación particular e infrecuente, como efectivamente fue la pandemia que afectó a toda la humanidad, y que en el Paraguay tuvo un gran impacto no solamente a nivel de la economía, sino particularmente a nivel de la salud pública y la pérdida de vidas.
Finalmente, no se debe soslayar el sentir popular, la opinión de los ciudadanos. Como bien ha quedado expresada en la serie de reportajes publicado por este diario, En deuda con la ciudad, los pobladores de Asunción y de las ciudades del área metropolitana no están satisfechos con la gestión que se ha llevado en sus municipios; y reclaman la solución de los problemas que viven cotidianamente en sus barrios: calles en mal estado, el problema de la basura, la falta de desagüe pluvial, falta de espacios verdes y recreación, entre otros. Los políticos no deben olvidar que es el pueblo el que ejerce el poder público a través del derecho del sufragio.