19 abr. 2024

TSJE anula resolución que prohíbe informes a medios y a los partidos

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió finalmente anular la resolución por la cual establece que ya no se provea informaciones sin permiso de los mismos ministros a los medios de prensa y a cualquier otra persona ajena a la institución.

Polémica decisión.  Este documento del TSJE será anulado  porque “se redactó mal”, dijeron.

Polémica decisión. Este documento del TSJE será anulado porque “se redactó mal”, dijeron.

El titular del organismo, Jaime Bestard, inclusive amenazó con despido a los que incumplan lo dispuesto.

El asesor político de la institución electoral, Luis Alberto Mauro, expresó ayer a ÚH que “la redacción de la resolución está mal”.

“La vamos a dejar sin efecto. Ya hablé con el doctor Jaime Bestard (presidente del TSJE) para la corrección correspondiente”, alegó.

Indicó que la idea del comunicado era que la gente que quiera hablar sobre temas técnicos, informáticos, de padrones o políticos, sean los que hablen pero que eso no significaba que los periodistas o los partidos políticos no puedan hablar con otros funcionarios de la institución.

“Esa era una medida interna con miras a las próximas elecciones que estamos encaminando. Designamos voceros. Por ejemplo, Luis Salas de la parte técnica; Lidio Franco, sobre tema padrones; el señor Fusto Von Streber sobre temas informáticos y yo del área política. De ninguna manera se nos pasó por la cabeza intentar restringir a nadie. Cualquier persona puede hablar con quien desee”, aseguró Mauro.

Contenido POLÉMICO. La nota fechada el 21 de abril de este año expresa que, a partir de la fecha, ninguno de los directores, jefes, encargados y funcionarios de las oficinas dependientes de la institución podrá proveer información interna institucional a personas ajenas al TSJE. “Las solicitudes oficiales y particulares de información interna se canalizarán exclusivamente a través de las autoridades superiores de este Tribunal, bajo pena de aplicación de los dispuesto en la Ley 635/95, artículo 6, inciso w)”, finaliza la nota, con la posterior firma de Bestard.

Dicho inciso del artículo citado de la Ley 635/95, que regula las funciones del TSJE, señala la atribución que tienen los ministros de nombrar y remover a los funcionarios, de conformidad al Estatuto del Funcionario Público.

Esta disposición fue filtrada a los medios por lo propios funcionarios descontentos por dicha disposición amenazante y según algunos señalan se debería a la guerra interna que sigue entre los que estaban a favor y en contra de la enmienda constitucional que buscaba instalar la reelección.

Otros factores son los antecedentes de publicaciones en los medios sobre irregularidades o planilleros que fueron filtrados a la prensa.

Sin embargo, Mauro negó que esta sea la situación y anunció que se decidió dejar sin efecto el documento a fin de evitar suspicacias.

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