La magistrada hizo lugar al pedido del Juzgado Federal de la Subsección Judicial de Caxias do Sul, presidido por el juez federal Rafael Farinatti Aymone, que llegó al país el 17 de noviembre de 2014.
La Justicia brasileña requería a Chimenes Pavão por tráfico de drogas y conductas afines, conforme con el formal exhorto de extradición.
En el caso, los abogados Laura Casuso y Jorge Prieto pidieron revocar la extradición basados en la falta de reciprocidad, debido a que el Brasil no extradita a sus connacionales, y que el tratado solo prevé la extradición por delitos y no crímenes.
Además, también por incumplimiento del compromiso de no aplicar la pena de muerte o cadena perpetua al extraditado y la ausencia de la doble incriminación; es decir, que sea delito tanto en Brasil como en Paraguay.
Incluso, citan los casos de Juan Arrom y Anuncio Martí, en el marco del secuestro de María Edith Bordón, y de Edison Álvarez de Lima, que fueron negados por el Brasil.
Por su parte, el fiscal adjunto Roberto Zacarías contestó el traslado. Solicitó que se ratificara la resolución de la jueza Caballero. Alegó que se cumplieron todas las formalidades para conceder la extradición.
DECISIÓN. Al hacer un análisis, los camaristas señalan, en cuanto a la falta de reciprocidad, que en el caso del secuestro tienen el estatus de refugiados, con lo que no pueden ser extraditados. En el segundo caso, la propia Constitución brasileña lo prohíbe.
Sobre si solo se acuerda por delitos y crímenes, apuntan que los mismos son sinónimos en la ciencia penal. Sobre el incumplimiento de los brasileños, dicen que los tipos penales requeridos no prevén la pena de muerte.
Finalmente, acerca de la doble incriminación, alegan que los hechos punibles sí están previstos en la legislación, con lo que ratifican el fallo.
Jarvis Chimenes Pavão ya tiene otra extradición firme dictada por el entonces juez Pedro Darío Portillo. Debe irse al Brasil el 29 de diciembre próximo, al cumplir con su condena en Paraguay. La segunda extradición fue archivada por pedido del vecino país, y esta es la tercera causa.