Miguel López Perito, quien presentó el documento, explicó que son dos los puntos principales que componen la declaración. El primero exige al Ejecutivo a no aceptar la aplicación ni reconocer la vigencia de la Nota Reversal de 1992 (que había sido rechazada por el Senado paraguayo en 1995), aplicada unilateralmente por Argentina. Los rioplatenses utilizan este documento para pagar una tarifa menor por la energía que compran de Yacyretá (por debajo del costo). Se busca que los negociadores paraguayos no se guíen por este instrumento a la hora de definir la deuda de Yacyretá y una nueva tarifa de venta.
“No existe la Nota Reversal de 1992, porque no fue aprobada por el Congreso paraguayo y sin embargo Argentina se rige por ese documento. El Ejecutivo había aprobado y luego el Senado rechazó, por lo que no tiene vigencia para la legislación paraguaya. Por consiguiente, no puede entrar en las conversaciones actuales”, indicó el congresista.
PAGO JUSTO. Asimismo, el segundo punto de la declaración recuerda que el numeral 9 del Anexo C del Tratado establece claramente que las cuentas se van a conciliar de acuerdo al consumo de cada país. Por lo tanto no se puede pretender que ambos países asuman la misma responsabilidad en el pago del pasivo. López Perito recordó que Argentina retiró entre el 95 y 96% de toda la energía generada por Yacyretá desde 1994 y Paraguay apenas el 4 a 5%. Que se pague la deuda en partes iguales no puede ser posible, apuntó.
Aclaró que en la conciliación de números lo que se tiene que buscar es determinar en primer lugar cuánto costó el emprendimiento, cuánto le debe Argentina a la EBY por la energía no pagada, cuánto le debe Yacyretá al país vecino por los aportes, cuánto se le debe a Paraguay por territorio inundando, entre otros factores.
“Hay una cantidad de aspectos que deben ser conciliados y no puede hacerse como un pacto secreto. Tiene que ser de cara a la ciudadanía porque eso sí o sí va a tener que pasar por el Parlamento, que es el que aprobará los acuerdos”, remarcó.